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Art. 13

Todo Ente Obligado del Distrito Federal deberá publicar en sus respectivos sitios de Internet y en los medios que estime necesarios un listado de la información que detentan por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y lugares en donde se pondrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en los términos de Ley. Dicho listado deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley.
Fecha de actualización: 31/12/2012
Fecha de validación: 24/01/2013

Áreas responsables:
Jefatura Delegacional
Dirección General de Jurídico y Servicios Legales
Dirección General de Administración
Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano
Dirección General de Desarrollo Delegacional
Dirección General de Desarrollo Social
Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana
Dirección General de Seguridad Ciudadana
Dirección Ejecutiva de Cultura
Coordinación de Información Pública

Art. 14

Los Entes Obligados deberan mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, segun corresponda, la informacion respecto de los temas, documentos y politicas que a continuacion se detallan:

Art. 18

Además de lo señalado en el artículo 14, los órganos político-administrativos, deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Art. 25

Toda información que brinden los Entes Obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:

I.El monto;
II.El lugar;
III.El plazo de ejecución;
IV.La identificacióndel Ente Obligado ordenador y responsable de la obra;
V.El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y
VI.Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.

Informa la Dirección General de Obras Publicas y Desarrollo Urbano: Durante el 4° trimestre del 2012 (Octubre-Diciembre) no se llevaron invitaciones restringidas ni licitaciones publicas.

Art. 27

3er Párrafo
Asimismo, el Órgano de control de la gestión pública deberá publicar la relación de todas las vistas dadas por el Instituto, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contempladas en esta Ley, incluyendo el motivo que las originá y el seguimiento que se les dio.

"A la Contraloría General corresponde el despacho de las materias relativas al control y evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como el desarrollo, modernización, innovación y simplificación administrativos, y la atención ciudadana, de conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. La Contraloría General del DF publica en su portal de Internet la información relativa a las vistas dadas por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal derivadas del incumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia de este Ente Obligado."
Fecha de actualización: 31/03/2013
Fecha de validación: 31/03/2013

Áreas responsables de la información:
>Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal

Art. 28

Todos los Entes Obligados tienen el deber de contar en sus respectivos sitios de internet con un portal ciudadano o de transparencia en donde se publique información relevante para las y los ciudadanos, de acuerdo con sus actividades, que atienda de manera anticipada la demanda ciudadana de información.
Fecha de actualización: 31/03/2013
Fecha de validación: 31/03/2013

Áreas responsables de la información:
>Dirección General de Administración

Art. 29

Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el Área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo.
Fecha de actualización: 31/03/2013
Fecha de validación: 31/03/2013

Áreas responsables de la información:
>Coordinación de Información Pública

Art. 30

Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los Entes Públicos de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.
Fecha de actualización: 31/12/2012
Fecha de validación: 01/08/2012

Áreas responsables de la información:
>Dirección General de Administración



Nota:
La Delegación Miguel Hidalgo no ha otorgado recurso a personas morales, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga durante el 2011,2012 y al cierre del primer trimestre 2013.